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Estos son los requisitos financieros y técnicos para los proponentes del proceso de adjudicación de la Línea 2 del Metro


Por: CM_Metro
Publicado el: Octubre 2022

Estos son los requisitos financieros y técnicos para los proponentes del proceso de adjudicación de la Línea 2 del Metro

La hoja de términos les permitirá a los interesados conocer el alcance del proyecto y formular las observaciones y preguntas que estimen pertinentes a la EMB y su equipo asesor conformado por la Financiera de Desarrollo Nacional y la Unión Temporal MOVIUS.

Este 7 de octubre se puso a disposición de los interesados, en la página web de la Empresa Metro de Bogotá (EMB) , la hoja de términos de la Línea 2 del Metro (L2MB) y sus anexos, documentos que contienen una descripción preliminar del modelo de transacción, de la estructura financiera, así como una descripción de los requisitos financieros y técnicos que deberán acreditar los futuros proponentes en el proceso de selección que se adjudicará para el desarrollo de este proyecto.

De igual forma, en la hoja de términos se describen algunas de las más importantes obligaciones contractuales, que tiene como fin llevar a cabo los estudios y diseños definitivos, financiación, construcción, suministro, pruebas, puesta en marcha, operación y mantenimiento de la L2MB.

La hoja de términos les permitirá a los interesados conocer el alcance del proyecto y formular las observaciones y preguntas que estimen pertinentes a la EMB y su equipo asesor conformado por la Financiera de Desarrollo Nacional y la Unión Temporal MOVIUS.

Los interesados en la ejecución de la Línea 2 del metro, podrán presentar los comentarios y observaciones que consideren convenientes en relación con la hoja de términos y sus anexos, a más tardar el 10 de noviembre de 2022, al correo electrónico metroboglinea2@fdn.com.co. Estos deberán presentarse en el formato incluido en este Anexo 3 de la hoja de términos.

Los comentarios y observaciones serán analizadas por la EMB, la FDN y sus consultores, como parte del proceso de retroalimentación con el mercado, sin que genere obligación de ser incluidos en los documentos del proceso de selección al que la EMB dé apertura.

Es importante aclarar que dicha hoja de términos y sus anexos tienen efectos meramente informativos y estarán sujetos, sin limitación de ninguna clase, a modificaciones, complementaciones, supresiones, etc., por lo que en ningún caso se podrá entender que la hoja de términos ni sus anexos:

  1. Generan compromiso, obligación o responsabilidad alguna frente a terceros, en cabeza de la EMB, del Distrito Capital de Bogotá, de la Nación colombiana, de la Financiera de Desarrollo Nacional –FDN–de sus funcionarios, asesores o contratistas.
  2. Implican obligación de iniciar uno o varios procesos de selección o proceso de contratación alguno en relación con la L2MB.
  3. Corresponden a información vinculante o definitiva respecto a los procesos de selección que se decida realizar para la contratación de la L2MB. Solamente será vinculante y definitiva la información que en su momento se incluya en las versiones finales de los pliegos de condiciones.
  4. Implican algún tipo de asesoría por parte de la EMB, la FDN, de sus funcionarios, asesores o contratistas, por lo que los interesados deberán por su cuenta y riesgo, realizar sus propios análisis con respecto a la L2MB y obtener la asesoría que consideren pertinente.

 

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