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Planeación y Presupuesto Participativo

Última actualización: 
7 marzo de 2024

Bienvenido a la sección de planeación y presupuesto participativo. Antes de comenzar a navegar, es importante que tenga en cuenta los siguientes conceptos:

  • Planeación participativa: es el mecanismo mediante el cual la sociedad civil decide el rumbo de las políticas, planes, programas, proyectos o trámites de acuerdo con sus necesidades. Puede darse en la delimitación de los resultados e impactos esperados y en la definición de productos y actividades.

  • Presupuesto participativo: es el proceso por medio del cual la ciudadanía, a través de la deliberación y la construcción de acuerdos con el Gobierno, asignan un porcentaje de los recursos del presupuesto a programas y proyectos que consideran prioritarios en armonía con el Plan de Desarrollo.

    En ese sentido y según lo dispuesto en los artículos 90, 91, 92 y 93 de la Ley 1757 de 2015, son las entidades territoriales las obligadas a realizar ejercicios de presupuesto participativo, cuyos resultados son presentados ante los Consejos Regionales, Municipales y Locales de Planeación, según sea el caso, para su inclusión en el presupuesto institucional, por tanto, la Empresa Metro de Bogotá S.A. no tiene obligación en esta sección.

A continuación, encontrará toda la información relacionada con esta sección que es de interés para la ciudadanía.

  1. Porcentaje del presupuesto para el proceso.
  2. El proceso del presupuesto participativo es un mecanismo de asignación equitativa, racional, eficiente, eficaz y transparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado-Sociedad Civil. Para ello, los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación en la programación de sus presupuestos, así como en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos.

  3. Canales de interacción y Caja de herramientas.
  4. Cada año se construye una propuesta de la planeación institucional que incluye el Plan de Acción Institucional y el Plan Anticorrupción y Atención al Ciudadano (PAAC) de la vigencia, y se dispone para consulta y observaciones de la ciudadanía y partes interesadas.

    Para la consulta, la Empresa Metro de Bogotá S.A. dispone el correo electrónico transparencia@metrodebogota.gov.co para recibir todas las observaciones y solicitudes de ajuste al Plan.

    El ejercicio para la presente vigencia se realizó en el mes de enero. Sin embargo, los ciudadanos pueden enviar sus observaciones o comentarios al correo electrónico mencionado.

  5. Información sobre decisiones.
  6. Bogotá es un gobierno de puertas abiertas comprometido con la transparencia y la lucha contra la corrupción. En el Distrito nos proponemos promover una senda de la integridad a partir de prácticas de gobierno abierto y de fomento de nuevos valores que transformen la relación entre la administración y la ciudadanía. Por eso, en el siguiente enlace tendrás acceso a estrategias de transparencia, de participación y de colaboración, de manera que se pueda conocer, proponer y priorizar soluciones a los retos de nuestra ciudad. Conoce, Propone y Prioriza

  7. Avances de decisiones y su estado
  8. La Empresa Metro de Bogotá S.A. NO adelanta Planeación Participativa debido a que este ejercicio es obligatorio para las Entidades Territoriales y no para Empresas Industriales y Comerciales del Estado (Art 90, 91, 92 y 93 Ley 1557 de 2015).


Presupuesto Participativo

El Presupuesto Participativo es obligatorio para las Entidades Territoriales y no para Empresas Industriales y Comerciales del Estado (Art 90, 91, 92 y 93 Ley 1557 de 2015).

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